Giro radical confirmado: la novedad en los planes de pensiones que nadie esperaba
A partir de 2025, será más sencillo rescatar los fondos de los planes de pensiones
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Llegar a la jubilación es un objetivo deseado por muchos, pero la pensión de jubilación de la Seguridad Social no siempre permite mantener el nivel de vida. Por este motivo, muchas personas recurren a los planes de pensiones, productos de ahorro e inversión a largo plazo que ofrecen una serie ventajas fiscales. Sin embargo, uno de sus principales inconvenientes es la falta de liquidez, ya que no se puede retirar el dinero invertido antes de cumplir el plazo acordado. A partir de 2025, habrá un cambio significativo en la normativa que facilitará el rescate de los fondos.
Hasta ahora, el dinero en los planes de pensiones sólo se podía retirar en situaciones específicas, como al llegar a la jubilación, en caso de dependencia severa, incapacidad laboral total, gran invalidez o fallecimiento. Sin embargo, en 2025 se permitirá rescatar tanto las aportaciones como los rendimientos cuando tengan más de 10 años de antigüedad. Esto significa que se podrá acceder a las aportaciones realizadas hasta 2015 y sus rendimientos correspondientes. A partir de 2026, se podrán retirar los fondos correspondientes a aportaciones hasta 2016, y así sucesivamente cada año. Además, se introducirá la posibilidad de rescatar el plan en caso de desempleo prolongado o una enfermedad que impida trabajar.
Cambios en los planes de pensiones en 2025
A finales de 2023, el volumen total de activos en los planes de pensiones alcanzaba los 114.000 millones de euros, de los cuales unos 64.000 millones cumplirán 10 años en 2025 y podrán ser retirados. Según datos de febrero de 2024, los planes de renta variable han sido los más rentables a 20 años, con una rentabilidad anual promedio del 5,8%. Los planes de renta variable mixta siguen con un 3,3% y los de renta fija a corto plazo un 0,7%. A 15 años, los de renta variable han generado un 9,8%, mientras que los de renta fija a corto plazo un 0,6%.
En 2025, los planes de pensiones experimentarán cambios significativos que facilitarán su liquidez. Según el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones en Materia de Liquidez y Reducción de Comisiones, aprobado hace más de seis años, se introducirá una nueva ventana de liquidez a partir de enero.
Rescate
Esta normativa permitirá a los titulares rescatar aportaciones y rendimientos generados por sus planes que tengan al menos 10 años de antigüedad. Por ejemplo, en 2025 se podrán retirar las aportaciones realizadas hasta 2015 y sus rendimientos. Cada año, el periodo de antigüedad se incrementará en un año, permitiendo el rescate gradual de las aportaciones previas. Sin embargo, los impuestos que se deben pagar al recuperar el dinero de los planes de pensiones no cambiarán.
Solicitud
A partir de 2025, los titulares de planes de pensiones podrán solicitar el rescate de aportaciones y rendimientos vinculados a las mismas que tengan más de 10 años de antigüedad. Aunque existen excepciones en algunas regiones como Navarra o el País Vasco, la normativa general establece que no hay un importe máximo anual para el reembolso de estas aportaciones, limitándose sólo a la cantidad acumulada más los beneficios generados.
Es importante tener en cuenta que los impuestos se aplicarán sobre el total del importe retirado si se opta por el rescate en forma de capital para aportaciones realizadas entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2014. No obstante, si se retira en forma de capital el importe acumulado por aportaciones hechas hasta el 1 de enero de 2007, el usuario podrá beneficiarse de una reducción fiscal del 40%.
Comisiones
Además de este cambio, la nueva regulación impone límites a las comisiones máximas que pueden cobrar las entidades bancarias. Las comisiones para los fondos de renta fija se reducirán al 0,85%, para los planes mixtos al 1,30%, y para los fondos de renta variable se mantendrán en el 1,50%. Esta reducción puede aumentar la rentabilidad de los planes, especialmente para aquellos con inversiones en renta fija.
Tributación
A partir del 1 de enero de 2025, el rescate anticipado de planes de pensiones estará sujeto al mismo tratamiento fiscal que las retiradas bajo cualquier otro supuesto. Esto significa que las cantidades percibidas tributarán como rendimientos del trabajo e integrarán la Base Imponible General en la declaración de la renta del año en que se realice el rescate.
En España, los fondos retirados de un plan de pensiones se consideran rendimientos del trabajo y tributan en su totalidad en el IRPF, independientemente de la causa del rescate, ya sea jubilación, invalidez, dependencia o fallecimiento, y la forma en que se perciba (capital, renta o mixta).
Para las contingencias nuevas que ocurran a partir del 1 de enero de 2015, se podrá aplicar una reducción fiscal del 40% si se solicita el cobro en el mismo año de la contingencia o en los dos años siguientes.
Sin duda, el año 2025 traerá cambios significativos para los planes de pensiones en España, proporcionando una mayor flexibilidad y redefiniendo su rol, que pasará de ser un simple complemento de la jubilación a convertirse en una herramienta de ahorro más versátil y accesible para diversos escenarios financieros.